Incidencia fiscal del nuevo criterio del Tribunal Supremo sobre la deducción de las retribuciones de los administradores con funciones ejecutivas

Análisis de la STS de 26 de febrero de 2018, rec. núm. 3574/2017

Autores/as

  • Pilar Álvarez Barbeito Profesora titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de A Coruña (España)

Resumen

El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia, ha abordado de nuevo una cuestión largamente debatida. Se trata, básicamente, de determinar si, desde una perspectiva mercantil, las retribuciones que los administradores perciben por el desarrollo de funciones ejecutivas deben estar recogidas en los estatutos de la compañía y ser aprobadas por la junta general o si, por el contrario, basta con que se ajusten a lo dispuesto por el artículo 249 del TRLSC.

Pues bien, la respuesta a esta cuestión tiene también implicaciones fiscales relevantes, en las que hemos centrado este comentario, ya que, como se ha señalado doctrinal y jurisprudencialmente de forma reiterada, las retribuciones de los administradores han de ajustarse a los requisitos legales establecidos por la normativa mercantil para que puedan considerarse gastos deducibles a efectos del impuesto sobre sociedades.

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Publicado

07-06-2018

Cómo citar

Álvarez Barbeito, P. (2018). Incidencia fiscal del nuevo criterio del Tribunal Supremo sobre la deducción de las retribuciones de los administradores con funciones ejecutivas: Análisis de la STS de 26 de febrero de 2018, rec. núm. 3574/2017. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (423), 109–114. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/RCyT/article/view/4229

Número

Sección

Análisis doctrinal y jurisprudencial de tributación

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