Vinculación a la declaración de hechos probados en las regularizaciones tributarias

Autores/as

  • Claudio García Díez Abogado. Doctor en Derecho. Profesor de la Universidad a Distancia de MAdrid, UDIMA (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2017.4427

Palabras clave:

prevalencia de la jurisdicción penal, hechos probados, delito fiscal, liquidación tributaria vinculada al delito, simulación, derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, delito de prevaricación, desviación de poder

Resumen

El presente trabajo tiene por objeto el estudio de la prevalencia de la jurisdicción penal en la fijación de hechos; concretamente de aquellos que dentro del proceso penal han logrado el carácter de «probados» y su vinculación a otros órdenes (en nuestro caso al ordenamiento tributario tras las reformas llevadas a cabo por la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, y la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, que han supuesto un cambio radical en la articulación de las relaciones de comunicación entre la Administración tributaria denunciante y el juez penal).

Asimismo se analizan las consecuencias (constitucionales y legales) que se derivan del incumplimiento de dicho mandato constitucional; en particular, cuando la Administración regulariza con base en hechos que no guardan la debida correspondencia con los declarados probados en sede penal.

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Publicado

07-05-2017

Cómo citar

García Díez, C. (2017). Vinculación a la declaración de hechos probados en las regularizaciones tributarias. Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (410), 23–64. https://doi.org/10.51302/rcyt.2017.4427

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