Normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria del inmovilizado intangible. Resolución del ICAC de 28 de mayo de 2013 (I)
DOI:
https://doi.org/10.51302/rcyt.2014.6169Palabras clave:
ICAC, inmovilizado intangible, derechos de uso, proyectos de investigación y desarrollo, contratos de franquicia, derechos de autor, aplicaciones informáticas, páginas webResumen
El presente trabajo forma parte de una serie de comentarios sobre la Resolución del ICAC sobre el inmovilizado intangible en los que se incluyen numerosos ejemplos de carácter práctico para facilitar su comprensión y aplicación en la contabilidad de una empresa.
La Resolución se divide en siete normas:
Primera. Criterios aplicables.
Segunda. Criterio general de reconocimiento: identificabilidad.
Tercera. Valoración inicial.
Cuarta. Valoración posterior.
Quinta. Derechos de uso adquiridos a título gratuito.
Sexta. Normas particulares del inmovilizado intangible.
Séptima. Otros inmovilizados intangibles.
En este primer artículo se estudian las cinco primeras partes de la Resolución de forma pormenorizada para poder extraer conclusiones sobre lo más relevante de la misma y que sean de utilidad en el orden práctico.