Ayudas de Estado por el diferente trato fiscal entre clubes de fútbol y SAD. ¿Habrán de reintegrarse las ayudas negativas?
Análisis de la STJUE de 4 de marzo de 2021, asunto C-362/19 P
Resumen
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma la presencia de un régimen de ayudas de Estado contrario al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en el ordenamiento español durante el periodo en que los clubes de fútbol y las sociedades anónimas deportivas soportaban un tipo impositivo en el impuesto sobre sociedades diverso en función de su diferente personalidad jurídica. Debe probar la Comisión la existencia de una ventaja atendiendo a los beneficios y cargas, así como a los elementos de hecho y de derecho que configuran un régimen de ayudas. Sin embargo, resulta irrelevante para el tribunal el funcionamiento del mercado del fútbol y las especialidades del traspaso de los futbolistas. Parece un dato objetivo que, al menos, uno de los cuatro clubes afectados por la Decisión ha obtenido una ventaja negativa de más de seis millones de euros. Si el objetivo de la recuperación de ayudas de Estado es restaurar las condiciones de competencia que habrían existido sin la alteración producida por el régimen conflictivo, cabe plantearse si un procedimiento de recuperación de ayudas de Estado puede dar lugar a devoluciones a los supuestos beneficiarios.