Responsabilidad en accidente de tráfico: fallecido con progenitor único, sin hijos ni hermanos. Derecho a toda la indemnización de los «padres»

Autores/as

  • Ignacio Atienza López Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

seguro de vehículos, accidente de tráfico, indemnización, responsabilidad civil, valoración de daños corporales, tablas anexas a la LRCSVM, interpretación

Resumen

Dos mujeres viudas han perdido cada una de ellas a sus hijos en el mismo accidente de tráfico, pues ambos varones mayores de edad iban juntos en el mismo coche. Los dos fallecidos carecían de descendientes ni hermanos, siendo, por tanto, sus únicos familiares las respectivas madres de cada uno.

Ambas madres se han puesto en contacto con un abogado para reclamar judicialmente la indemnización que les corresponde con arreglo a las tablas previstas en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (LRCSVM), y la compañía aseguradora del coche les ha comunicado que va a proceder a entregarles, no los 80.000 euros que les correspondería a cada matrimonio de no ser viudas, sino los que les corresponde a cada una, o sea 40.000 euros a cada madre viuda, de acuerdo con las tablas citadas. Entiende la compañía de seguros, que con la indemnización citada, la ley y su baremo establecen un criterio capital y no de acrecentamiento ya que no prevé una indemnización básica para cada padre sino una indemnización básica para los dos, ofreciendo en consecuencia el 50 por 100 de la indemnización prevista en la Tabla I Grupo IV del Anexo de la Ley 30/1995.

Por el contrario, el letrado contratado entiende que debe darse a cada madre viuda los 80.000 euros que les corresponden en justicia, sin restar la parte del marido fallecido. Informar sobre cuál es el quántum indemnizatorio que han de percibir las madres como consecuencia del fallecimiento de sus dos hijos en este siniestro.

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Publicado

10-09-2010

Cómo citar

Atienza López, I. (2010). Responsabilidad en accidente de tráfico: fallecido con progenitor único, sin hijos ni hermanos. Derecho a toda la indemnización de los «padres». CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (103-104), 76–80. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/13243

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