Responsabilidad extracontractual. Culpa in vigilando del empresario: límites

Autores/as

  • Ignacio Atienza López Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

responsabilidad extracontractual, vehículos de empresa, accidente de tráfico

Resumen

Juan es empleado de la «Compañía Telefónica», y por razón de su relación laboral, disfruta de un coche de su empresa para desarrollar sus funciones en cuanto trabajador de la misma.

El día 12 de agosto de 1980, sobre las 23:40 horas, circulando por la N-VI, el vehículo matrícula M-7897-AL, propiedad de la «Compañía Telefónica», conducido por Juan, en el que viajaban don Valeriano, su esposa doña Joaquina y su hija Ramona, de 13 meses de edad, colisionó con el Ford Fiesta, matrícula R-1111-RY, conducido por don Pablo, en el que viajaban don Jesús Luis, don Alfredo y don Celso. A resultas de la colisión, fallecieron doña Joaquina y la menor Ramona.

Don Valeriano dirigió su acción de reclamación contra el conductor Juan y contra la empresa propietaria del vehículo, «Compañía Telefónica», en que viajaban ambas fallecidas así como contra el conductor propietario del vehículo contra el que colisionó el primero, al amparo del artículo 1.902 del Código Civil.

Informar sobre la responsabilidad civil que pueda tener en este caso la «Compañía Telefónica» propietaria del coche conducido por Juan, al cual le fue incoado un expediente sancionador.

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Publicado

10-10-2009

Cómo citar

Atienza López, I. (2009). Responsabilidad extracontractual. Culpa in vigilando del empresario: límites. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (105), 7–9. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/13265

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