Cese no inscrito de administrador. Responsabilidad del administrador de hecho

Autores/as

  • Ignacio Atienza López Secretario Judicial (España)

Palabras clave:

sociedades anónimas, cese de administrador social, administrador de hecho: responsabilidad

Resumen

El señor Juan, presidente del consejo de administración, fue nombrado administrador de la sociedad «EN, SA», por el plazo de cinco años, cuyo mandato expiraba el 7 de mayo de 1995. El 15 de mayo de 1990, «EN, SA» suscribió contrato de arrendamiento de una serie de instalaciones con la entidad «Club PPP», la cual actuaba como arrendadora.

En junio de 1993 «EN, SA» interpuso demanda de juicio declarativo contra el «Club PPP» y cesó desde ese momento en la actividad y en el pago de la renta. Ante el impago se interpuso juicio de desahucio por el «Club PPP». «EN, SA» fue condenada al pago de las rentas adeudadas. Dicho pago fue hecho efectivo en parte a través del embargo de los bienes de «EN, SA».

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Publicado

10-10-2009

Cómo citar

Atienza López, I. (2009). Cese no inscrito de administrador. Responsabilidad del administrador de hecho. CEFLegal. Revista práctica De Derecho, (105), 88–93. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/ceflegal/article/view/13273

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