Ejercicio y cómputo de los permisos retribuidos

Comentario a las Sentencias del Tribunal Supremo 229/2020 y 257/2020, de 11 y 17 de marzo

Autores/as

  • Jesús Lahera Forteza Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Complutense de Madrid (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2020.1000

Resumen

El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET) reconoce a las personas trabajadoras el derecho a solicitar permisos retribuidos en unos supuestos de hecho determinados y con unas duraciones tasadas:

a) Quince días naturales en caso de matrimonio.
b) Dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
c) Un día por traslado del domicilio habitual.
d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.
f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

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Publicado

07-07-2020

Cómo citar

Lahera Forteza, J. (2020). Ejercicio y cómputo de los permisos retribuidos: Comentario a las Sentencias del Tribunal Supremo 229/2020 y 257/2020, de 11 y 17 de marzo. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (448), 169–174. https://doi.org/10.51302/rtss.2020.1000

Número

Sección

Diálogos con la jurisprudencia