La responsabilidad civil por daño (culposo) profesional: el estado del arte judicial entre «conservación» y «progreso»

Autores/as

  • Cristóbal Molina Navarrete Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Jaén (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2020.1144

Resumen

1. «Particularismo valorativo» de los daños a la seguridad (integridad) y salud (bienestar psicofísico) de las personas trabajadoras, campo abonado a la innovación jurídica: avances y resistencias de ida y vuelta. Uno de los hitos jurídico-sociales más relevantes de la historia del derecho, que para España está datado hace 120 años (en la Ley de accidentes de trabajo de 30 de enero de 1900), el particularismo valorativo de los daños a la seguridad y salud de las personas trabajadoras (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), para su reparación íntegra (en lo posible), vive un largo estancamiento, una notable confusión y una apreciable insatisfacción (injusticia) resarcitoria. Sin duda, a lo largo de estos años, el sistema de reparación del daño profesional, extremadamente fragmentado, ha ido creciendo en complejidad, por lo tanto también en confusión, pero no en eficacia, ni en eficiencia ni en efectividad ni, desde luego, en justicia social resarcitoria.

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Publicado

07-02-2020

Cómo citar

Molina Navarrete, C. (2020). La responsabilidad civil por daño (culposo) profesional: el estado del arte judicial entre «conservación» y «progreso». Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (443), 137–150. https://doi.org/10.51302/rtss.2020.1144

Número

Sección

Diálogos con la jurisprudencia

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