Acción sindical y protección de datos: nuevos relatos de una relación espinosa
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2018.1590Palabras clave:
libertad sindical, protección de datos, derechos de información, ciudadanía digital en la empresaResumen
El nuevo Reglamento general de protección de datos personales de la Unión Europea reconoce la necesidad de regular de modo específico el equilibrio de intereses legítimos entre empresarios y trabajadores en relación con la protección de los datos personales de estos, pero también entre este derecho y la libertad sindical, a fin de favorecer la tutela de los intereses generales y sociales que los sindicatos defienden. La libertad sindical debe encontrar una fuente de límites razonables en el derecho a la protección de datos personales, pero también este derecho debe contenerse para hacer efectiva la libertad sindical, puesto que este derecho ocupa un lugar privilegiado en la defensa del Estado de derecho y de sus principios democrático y social.
Descargas
Citas
Rodríguez, P. (2011). La «autodeterminación informativa» como barrera a la libertad de información y al ejercicio profesional del periodismo. Anàlisi: Quaderns de comunicació i cultura, 42, 79-94.
Simitis, S. (1991). Developments in the protection of worker’s personal data. Conditions of work digest, 10(2).
Simitis, S. (1999). Reconsidering the premises of Labour Law: prolegomena to an EU regulation on the protection of employees personal data. European Law Journal, 5(1), 45-62.
Troncoso Reigada, A. (2006). Libertad sindical, libertad de empresa y derecho a la intimidad y a la protección de datos de los trabajadores. En A. Farriols i Solá (Coord.), La protección de datos de carácter personal en los centros de trabajo (pp. 103-138). Madrid: Cinca.