Absentismo y remuneración: los incentivos antiabsentismo en el punto de mira
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 40/2025, de 20 de enero
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2025.24451Palabras clave:
incentivos antiabsentismo, premios por presencia, ausencias retribuidas, multa de haber, retribución de permisos convencionales, penalización retributiva, discriminación retributiva indirecta, discriminación retributiva por asociaciónResumen
En la sentencia analizada se refuerza y consolida la doctrina jurisprudencial sobre los límites y condicionantes de validez de las reglas antiabsentismo incorporadas al marco convencional ordenador de remuneraciones variables ligadas a resultados. El Tribunal Supremo no llega a anular parcialmente el convenio en este punto, sino que formula una regla de «interpretación conforme» que impediría aplicar aquellos incisos de la cláusula convencional litigiosa que considera que conducirían a resultados discriminatorios. En particular, se sostiene que sería discriminatoria la diferenciación retributiva resultante de la aplicación de las reglas convencionales sobre el impacto desfavorable de las ausencias motivadas por enfermedad o por el disfrute de permisos singulares para cuidado de familiares –creados por el propio convenio, mejorando los derechos legales de conciliación trabajo-familia–. Con ello, se endurecen hasta el extremo las exigencias y filtros jurisprudenciales de referencia para el diseño y aplicación de los sistemas o fórmulas de remuneración variable. A efectos prácticos: se merma el potencial flexibilizador de las remuneraciones variables vinculadas de manera intensa, que no exclusiva, a la presencialidad y a la participación laboral efectiva. Y se elimina el estrecho margen que restaba para utilizar la remuneración como herramienta para combatir el absentismo –salvo el injustificado–. Pero, además, se eleva a máximos la protección asociada a las ausencias por cuidado de familiares y por enfermedad, conformando colateralmente una garantía de inmunidad retributiva de hondo calado, operativa incluso para permisos retribuidos de origen convencional.
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Derechos de autor 2025 Ana Matorras Díaz-Caneja

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