Las consecuencias del allanamiento en materia de discriminación
Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de abril de 2021, asunto C‑30/19, y su aplicación en la práctica forense del orden social
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2021.2472Palabras clave:
allanamiento, discriminación, indemnización, víctimaResumen
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 15 de abril de 2021 ha establecido que la víctima de un acto discriminatorio tiene derecho a obtener un pronunciamiento que declare la existencia o no de dicho acto. Niega el Tribunal de Luxemburgo que el allanamiento y posterior pago de una compensación efectuado por el presunto autor del acto discriminatorio resulte mecanismo suficiente de protección de la víctima, incluso si la normativa nacional permite tal opción. La decisión adoptada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea plantea varias dudas en cuanto a su posible aplicación forense en el orden social que trataremos de despejar en el presente artículo.