La protección de la seguridad y la salud en el sector del servicio de ayuda a domicilio
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo 1198/2025, de 29 de septiembre
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2025.24853Palabras clave:
prevención de riesgos laborales, servicio de ayuda a domicilio, control judicial reglamentario, Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN), evaluación de riesgos laborales, nulidad de disposición reglamentaria, empresas de servicios asistencialesResumen
La sentencia analizada declara la nulidad de la disposición final primera del Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar. El fallo fundamenta su decisión en la insuficiencia de la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN) al no quedar adecuadamente justificado el impacto económico derivado de la obligación de llevar a cabo visitas presenciales en el domicilio de los usuarios del servicio de ayuda a domicilio. Esta resolución consolida la exigencia de transparencia y racionalidad económica en la elaboración normativa y refuerza el papel del control judicial como instrumento de garantía en el ejercicio de la potestad reglamentaria.
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Derechos de autor 2025 Francisco Jesús Padilla Falcón

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