La excepción por violencia de género en la pensión de viudedad tras el divorcio: una lectura garantista a propósito de la Sentencia del Tribunal Supremo 121/2026, de 4 de febrero
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2026.25177Palabras clave:
pensión de viudedad, violencia de género, igualdad y perspectiva de género, seguridad social, pensión compensatoria, divorcioResumen
El supuesto de hecho abordado por la Sentencia del Tribunal Supremo 121/2026, de 4 de febrero, se enmarca en la interpretación de los requisitos de acceso a la pensión de viudedad en contextos de violencia de género, especialmente en situaciones derivadas de separaciones o divorcios previos a la consolidación del actual marco normativo de protección. El análisis jurídico se centra en la flexibilización de la exigencia de pensión compensatoria como presupuesto para el reconocimiento de la prestación, así como en la determinación de los criterios probatorios necesarios para acreditar la condición de víctima, optando el Alto Tribunal por un modelo de valoración global e indiciaria alejado de los estándares del proceso penal. Asimismo, la resolución incide en la incorporación efectiva de la perspectiva de género como criterio hermenéutico en el orden social y en la función unificadora de doctrina, al fijar un criterio claro sobre la suficiencia de la denuncia en determinados supuestos, con el objetivo de reforzar la protección del sistema de Seguridad Social y adecuarlo a la complejidad de estas situaciones.
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Derechos de autor 2026 Javier Carballo de Jesús

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