El trabajo de cuidar como derecho de arquitectura jurídica múltiple: relecturas del artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias 848/2026, de 11 de junio

Autores/as

  • María de la Paz Cobo López Doctoranda. Universidad de Jaén (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2026.25465

Palabras clave:

permiso retribuido, enfermedad grave, perspectiva de género, discriminación por asociación, conciliación, datos de salud, interés superior del menor, riesgos psicosociales

Resumen

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias 848/2026, de 11 de junio, declara la vulneración de derechos fundamentales por la negativa empresarial a conceder a una trabajadora el permiso retribuido del artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores para cuidar a su bebé lactante de 15 meses, pese a existir acreditación médica de la necesidad de cuidados. La resolución integra la perspectiva de género, apreciando indicios de discriminación por razón de sexo y por asociación respecto del bebé. El comentario incide en la relevancia de esta doctrina para la protección de los derechos de conciliación y para la prevención de riesgos psicosociales derivados de la sobrecarga de cuidados.

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Publicado

07-09-2026

Cómo citar

Cobo López, M. de la P. (2026). El trabajo de cuidar como derecho de arquitectura jurídica múltiple: relecturas del artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores: Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias 848/2026, de 11 de junio. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (494), 160–168. https://doi.org/10.51302/rtss.2026.25465