La ultraactividad de los convenios colectivos

Autores/as

  • César Tolosa Tribiño Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. Profesor Asociado de la Facultad de Derecho. Universidad de Cantabria (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2014.2876

Palabras clave:

convenios colectivos, denuncia de convenio, negociación colectiva, reforma laboral

Resumen

El modelo español de negociación colectiva planteaba problemas de excesiva centralización y alejamiento de las regulaciones generales respecto de las circunstancias concretas de la producción en los diversos sectores y empresas, así como la falta de dinamismo para modificar sus contenidos y adaptar con rapidez las condiciones de trabajo a las circunstancias económicas y productivas, problemas aún más acuciantes en una situación de grave crisis económica. La reforma laboral de 2012 ha modificado aspectos sustanciales de la negociación colectiva, pudiendo destacarse el que afecta a la regulación de la ultraactividad de los convenios, implantando un sistema de eficacia limitada en el tiempo que trata de lograr un mayor dinamismo en la negociación colectiva. Sin embargo, la nueva regulación plantea graves problemas aplicativos y puede llegar a producir vacíos de regulación, por lo que las decisiones de los tribunales están siendo fundamentales en la definitiva configuración de esta institución.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Descargas

Publicado

07-02-2014

Cómo citar

Tolosa Tribiño, C. (2014). La ultraactividad de los convenios colectivos. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (371), 1–28 (digital). https://doi.org/10.51302/rtss.2014.2876