Ofensas verbales y físicas al empresario. ¿Son causa de despido?

Comentario a la STSJ de Andalucía/Granada, Sala de lo Social, de 3 de junio de 2009, rec. núm. 312/2008

Autores/as

  • Gabinete Jurídico del CEF.-

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2010.5313

Palabras clave:

despido disciplinario, ofensas verbales y físicas, circunstancias atenuantes

Resumen

Despido disciplinario. Ofensas verbales y físicas. Trabajador que en el momento en el que se le iba hacer entrega de la carta de despido, intuyendo el contenido del documento, comienza a proferir insultos contra su interlocutor y a lanzar patadas de kárate en el aire. Improcedencia. La conducta imputada al trabajador no reviste la gravedad exigible para constituir, por si sola, causa de despido, resultando atenuada por la situación y contexto en el que el actor se encontraba en ese momento, todo ello sin perjuicio de que esta forma de actuar pudiera resultar acreedora de una sanción adecuada a su gravedad.

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Publicado

07-04-2010

Cómo citar

Gabinete Jurídico del CEF.-. (2010). Ofensas verbales y físicas al empresario. ¿Son causa de despido? Comentario a la STSJ de Andalucía/Granada, Sala de lo Social, de 3 de junio de 2009, rec. núm. 312/2008. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (325), 107–114. https://doi.org/10.51302/rtss.2010.5313