El Plan de Acompañamiento Social como manifestación de la Responsabilidad Social de la Empresa
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2009.5493Palabras clave:
Expediente de Regulación de Empleo, Plan de Acompañamiento Social, autorización administrativa, extinción por causas de empresa, responsabilidad social de la empresaResumen
Los Planes de Acompañamiento Social (PAS), en esencia, no son más que un sistema de financiación de las consecuencias de algunos Expedientes de Regulación de Empleo, describiendo una determinada distribución de los riesgos. La exigencia legal de su elaboración evidencia la voluntad social de no querer socializar los costes derivados del desempleo y, especialmente, de la recolocación de los trabajadores cesados, imputándose, en parte, al empresario. No obstante, su regulación jurídica está planteada en términos muy amplios, especialmente, porque en este escenario las posibilidades financieras de las empresas recomiendan una evaluación individualizada y la adopción de medidas particularizadas.
El estudio, tras analizar la función y contenido de los PAS y denunciar las deficiencias existentes en su regulación, defiende que el contexto normativo vigente describe un espacio privilegiado para el desarrollo de la Responsabilidad Social de la Empresa, entendiendo que la voluntariedad que la caracteriza no es incompatible con la existencia de actuaciones públicas de promoción y de facilitación. No obstante, también se sostiene que el éxito de este proceso depende de que, en paralelo, la Autoridad Laboral asuma un papel activo en el fomento de estas medidas y que, además, se inicie un proceso de concienciación social para que la ciudadanía valore su importancia.