¿Se pueden utilizar datos reservados o confidenciales para instrumentalizar la defensa en el proceso laboral?

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga 515/2020, de 13 de mayo

Autores/as

  • Francisco Vila Tierno Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Málaga. Of Counsel GVA & Atencia (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2020.976

Resumen

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía, en Sentencia 515/2020, de 13 de mayo, viene a ratificar el fallo de la instancia que califica un despido disciplinario como procedente por la utilización de una trabajadora de datos personales de terceros. O de manera más concreta, por la utilización de datos personales de terceros teniendo firmado un pacto de confidencialidad y transmitirlos fuera del ámbito estrictamente empresarial. Dicho así, podría identificarse rápidamente con una infracción laboral que, en este caso, y al amparo del artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores (ET), ha sido objeto de sanción disciplinaria optándose por la vía extintiva por la gravedad de los hechos que se plantean en la carta de despido. Sin embargo, es preciso definir de manera más extensa el supuesto de hecho para entender el interés de la resolución y las dudas que plantea la misma. Unas dudas que, dadas las contradicciones existentes con otros pronunciamientos anteriores, justificarían claramente una casación que sirviera para eliminar la situación de inseguridad jurídica creada.

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Publicado

07-09-2020

Cómo citar

Vila Tierno, F. (2020). ¿Se pueden utilizar datos reservados o confidenciales para instrumentalizar la defensa en el proceso laboral? Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga 515/2020, de 13 de mayo. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (449-450), 125–133. https://doi.org/10.51302/rtss.2020.976