La problemática tributación en la contratación de bienes con oferta de restitución (Ley 43/2007)

Autores/as

  • Alejandro Blázquez Lidoy Universidad Rey Juan Carlos (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rcyt.2008.7937

Palabras clave:

actividad financiera y actividad mercantil, interpretación económica, autonomía del Derecho financiero, seguridad jurídica, ganancia de patrimonio, rendimiento del capital mobiliario, resultado contable, simulación, bienes con pacto de recompra

Resumen

El objeto del presente trabajo tiene como finalidad analizar el régimen tributario de la contratación de bienes con oferta de restitución. Dichas actividades están actualmente reguladas en la Ley 43/2007 y con anterioridad lo estaban en el disposición adicional cuarta de la Ley 35/2003. Se califican mercantilmente como actividades de consumo, de compraventa e intermediación, y expresamente se establece que no pueden ser consideradas como actividades financieras. No existe mención alguna en sendas normas al régimen tributario ni contable (este afecta en tanto la calificación contable tendrá incidencia en el ámbito del IS). Sin embargo, se han planteado dudas sobre si el régimen jurídico de estas actividades debe ser considerado fiscalmente como un préstamo o depósito, atendiendo a su verdadera naturaleza económica, o bien como actividades mercantiles, conforme se dispone en su regulación sustantiva. El marco tributario y contable es antagónico, pues calificar la actividad como venta daría lugar a beneficios en el IS, a tributar en concepto de ganancias de patrimonio en el IRPF y a considerar entregas de bienes gravadas en el IVA. Si se entiende que la verdadera naturaleza es financiera –captación de ahorro–, como ha mantenido la DGT en el ámbito del IRPF, se consideraría que no ha habido transmisión de bienes sino una suerte de depósito o préstamo con garantía real, lo que hace que no hubiera que tributar en el IS y en el IRPF nos encontráramos ante rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención. El IVA, sin embargo, plantearía más problemas. Lo que se recoge en este trabajo es la vieja polémica de la interpretación económica cuando ciertas figuras están entre lo financiero y lo mercantil. Polémica que alcanza una nueva dimensión en el ámbito contable con la entrada en vigor de la nueva reforma contable (Ley 16/2007 y RD 1514/2007, PGC), donde legalmente se ha establecido la obligación de contabilizar con arreglo al verdadero fondo económico de las operaciones con independencia de su forma jurídica. A juicio del autor, la actual situación vulnera la seguridad jurídica, y la regulación tributaria y contable debería haberse solventado expresamente por el legislador.

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Publicado

07-09-2008

Cómo citar

Blázquez Lidoy, A. (2008). La problemática tributación en la contratación de bienes con oferta de restitución (Ley 43/2007). Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (305-306), 59–110. https://doi.org/10.51302/rcyt.2008.7937

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