Medidas laborales de urgencia ante la COVID-19
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2020.1052Palabras clave:
COVID-19, estado de alarma, medidas laborales, medidas de Seguridad Social, actividad procesal laboralResumen
«[…] la pandemia ocasionada por el COVID-19 se ha intensificado y ampliado a escala mundial; las repercusiones en la salud pública son enormes, y las economías y los mercados de trabajo están sufriendo perturbaciones sin precedentes. Es la peor crisis mundial desde la Segunda Guerra Mundial» (OIT, abril 2020). Nadie sabe con certeza cuándo podremos ponerle fin y retomar nuestras vidas, nuestros trabajos… El Estado español, con el objeto de impedir la expansión y propagación del contagio entre los ciudadanos y garantizar una adecuada protección sanitaria, se ha visto obligado a adoptar una serie de medidas restrictivas y de control tanto de las personas como de la actividad productiva. Algunos sectores han tenido que cesar obligatoriamente y otros, por el contrario, se han considerado esenciales y se han mantenido en funcionamiento para garantizar los suministros y el abastecimiento de las necesidades básicas de la población y del sistema sanitario. Entre dichas decisiones excepcionales hay muchas referidas a materia laboral y de Seguridad Social, cuyo objetivo es que los efectos de esta crisis sean amortiguados para causar el menor daño posible. En este trabajo abordaremos dichas medidas laborales adoptadas.