Supuesto práctico: Inspección de Trabajo y Seguridad Social: actuación de un controlador laboral

Autores/as

  • Álvaro Díez Klink Controlador Laboral. Graduado Social. Profesor del Centro de Estudios Financieros (España)

Resumen

Los funcionarios pertenecientes al cuerpo de Controladores Laborales forman parte, junto a los funcionarios del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad.

Los cometidos -competencias- de los Controladores Laborales vienen determinados en el Real Decreto 1667/1986, de 26 de mayo, referidos a la comprobación y control en tres áreas o materias, básicamente:

1.º Colocación y fomento del empleo, disfrute de bonificaciones, ayudas y estímulos al trabajo en empresas de hasta 25 trabajadores.
2.º Cotización a la Seguridad Social y colaboración obligatoria de las empresas en la gestión de la misma, siempre que se trate de empresas de hasta 25 trabajadores o de trabajadores autónomos.
3.º Disfrute u obtención de prestaciones en materia de empleo y Seguridad Social, siempre que se trate de empresas de hasta 25 trabajadores o de trabajadores autónomos.

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Publicado

07-05-1996

Cómo citar

Díez Klink, Álvaro. (1996). Supuesto práctico: Inspección de Trabajo y Seguridad Social: actuación de un controlador laboral. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (158), 101–124. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/rtss/article/view/18229