La responsabilidad en materia de accidentes de trabajo por descubiertos en la cotización
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.1993.18353Resumen
Dentro del Derecho de Seguridad Social el Accidente de Trabajo, una vez producido, origina un conjunto de obligaciones y responsabilidades que pueden recaer sobre cualquiera delas partes implicadas, bien empresario, Mutua de Accidentes de Trabajo, o Instituto Nacional de la Seguridad Social bien como Entidad aseguradora, bien como Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo, y la Tesorería General de la Seguridad Social de cara al pago de las prestaciones de Seguridad Social tanto al propio trabajador accidentado como a otros posibles beneficiarios.
Tal vez entre los temas más conflictivos dentro de la responsabilidad en orden a las prestaciones de Seguridad Social, en los supuestos de Accidentes de Trabajo, sea el relativo a los descubiertos en la cotización, pago de las primas, a las que está obligado el empresario.