Convenio colectivo aplicable cuando la empresa empleadora tiene la condición de centro especial de empleo: prevalencia del principio de especialidad y ausencia de discriminación
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 969/2022, de 20 de diciembre
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2023.19279Palabras clave:
convenio colectivo, centro especial de empleo, jurisprudencia, principio de especialidad, discriminaciónResumen
Este diálogo analiza la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de diciembre de 2022 (núm. 969/2022) en la que el Alto Tribunal se pronuncia sobre cuál es el convenio colectivo aplicable, a efectos de determinar si existen o no diferencias salariales, a un trabajador que presta servicios como operario jardinero para una empresa que tiene la condición de centro especial de empleo.
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