¿Qué políticas de integración socio-laboral para refugiados? La crisis de solidaridad en Europa
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2016.2062Resumen
1. El fenómeno de desplazamiento masivo de personas que vienen a Europa buscando asilo plantea numerosas cuestiones relativas a su integración en nuestros mercados de trabajo. Una vez «alcanzado» el status jurídico de refugiado o alguna otra forma de protección internacional, el ordenamiento de la Unión Europea (UE) y el nacional, en consonancia con los tratados internacionales (significativamente, la Convención de Ginebra de 1951 y el Protocolo de Nueva York de 1967), ofrecen ciertas «facilidades» para poder acceder a nuestro mercado de trabajo y «aspirar» a encontrar un empleo, pero no una verdadera política –en sus dimensiones pasiva y «pro-activa»– de empleo. En todo caso, se trata de una regulación «multi-nivel» precisa de mayor concordancia y coherencia.