¿La reclamación administrativa previa desaparece o solo se «transforma»?

Autores/as

  • Manuel García Giménez Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Jaén (España)

Palabras clave:

reclamación administrativa previa, proceso laboral y conciliación extrajudicial

Resumen

La nueva Ley de Procedimiento Administrativo Común ha modificado diversos preceptos de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS). La mayoría de estos cambios tienen una única razón de ser: la supresión, como regla general, de la reclamación administrativa previa como presupuesto pre-procesal, necesario para acudir al orden social de la jurisdicción cuando las pretensiones de tutela de carácter socio-laboral tienen como sujeto pasivo Administraciones públicas. La única excepción que permanece a la eliminación de este auténtico privilegio procesal, residuo del pasado de omnipresencia de las prerrogativas administrativas, también cuando este sujeto actúa como empleador, aún sometido al Derecho Laboral, es en materia de proceso de prestaciones de Seguridad Social. Pues bien, ante la mala técnica de reforma legislativa, un defecto muy extendido en el proceso de producción de normas en España, antes y más después de la crisis, se ha planteado una agria discusión doctrinal: una vez ha salido por la puerta la reclamación administrativa previa, ¿no habría vuelto a entrar por la ventana del recurso de alzada, en virtud de la confusa referencia del artículo 69.1 de la LRJS? En este Foro se explican de forma directa y sencilla tanto las razones del problema como las soluciones a dar, que pasan, a juicio de quien conduce el Foro, por entender definitivamente «muerta y enterrada», como regla, la reclamación administrativa previa, sin que sea razonable insuflarle aliento alguno por la vía del recurso de alzada, salvo en aquellos supuestos en los que expresamente el legislador así lo exija (arts. 117 y 151 LRJS).

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Publicado

07-12-2016

Cómo citar

García Giménez, M. (2016). ¿La reclamación administrativa previa desaparece o solo se «transforma»?. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (405), 205–216. Recuperado a partir de https://revistas.cef.udima.es/index.php/rtss/article/view/2254