Digitalización, día de gracia y orden social de la jurisdicción

Comentario a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza 287/2020, de 20 de noviembre

Autores/as

  • José Antonio Buendía Jiménez Magistrado del Juzgado de lo Social número 3 de Elche (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2021.2410

Palabras clave:

presentación telemática de escritos, caducidad, plazos sustantivos versus plazos procesales, jurisdicción social

Resumen

Los cambios normativos suelen ser fuente de controversias que afectan en ocasiones a problemas que ya parecían pacíficamente solucionados. En este caso, la Audiencia Provincial de Zaragoza, como consecuencia de una reforma producida en 2015, resucita, 5 años después, el viejo problema de la presentación de escritos dentro de las 15 horas siguientes al último día de plazo y del diferente tratamiento de los plazos sustantivos y procesales. En estas letras tratamos de razonar por qué la doctrina de la Audiencia Provincial de Zaragoza no resulta aplicable al orden social de la jurisdicción.

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Publicado

07-06-2021

Cómo citar

Buendía Jiménez, J. A. (2021). Digitalización, día de gracia y orden social de la jurisdicción: Comentario a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza 287/2020, de 20 de noviembre. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (459), 245–254. https://doi.org/10.51302/rtss.2021.2410

Número

Sección

Diálogos con la jurisprudencia