La protección de las personas trabajadoras denunciantes de riesgos medioambientales derivados de la actividad industrial mediante el genérico derecho de libertad de expresión: una solución, pero no la adecuada

Comentario a la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 8 de octubre de 2024 (Aghajanyan vs. Armenia)

Autores/as

  • Margarita Miñarro Yanini Profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social acreditada como catedrática. Universitat Jaume I (Castelló, España) https://orcid.org/0000-0001-8411-3595

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2025.24263

Palabras clave:

libertad de expresión, denunciantes, daños medioambientales, interés público, protección específica, protección genérica, ámbito laboral

Resumen

La Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 8 de octubre de 2024 (Aghajanyan vs. Armenia) otorga protección, a través del derecho de libertad de expresión del artículo 10 del Convenio para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, a un trabajador denunciante de su empresa por la generación de riesgos medioambientales. En el presente comentario se incide en las debilidades de este cauce de protección.

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Publicado

14-01-2025

Cómo citar

Miñarro Yanini, M. (2025). La protección de las personas trabajadoras denunciantes de riesgos medioambientales derivados de la actividad industrial mediante el genérico derecho de libertad de expresión: una solución, pero no la adecuada: Comentario a la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 8 de octubre de 2024 (Aghajanyan vs. Armenia). Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (484), 285–293. https://doi.org/10.51302/rtss.2025.24263

Número

Sección

Diálogos con la jurisprudencia

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