La incapacidad permanente por patologías previas a la afiliación en la Seguridad Social
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2014.2942Palabras clave:
incapacidad permanente, patologías congénitas, afiliación, agravación, Seguridad SocialResumen
A través del presente estudio se analiza la problemática que encierra reconocer una prestación de incapacidad permanente contributiva a aquellas personas que padecen patologías congénitas, o, en su caso, anteriores a la afiliación en el sistema de Seguridad Social. Para ello se ha abordado la regla general que impide la cobertura prestacional de dichas patologías, y posteriormente se han estudiado los presupuestos exigidos legalmente para el reconocimiento excepcional de una incapacidad permanente a este colectivo de personas (especialmente los relativos a la prueba de la preexistencia de dichas patologías, y a su necesaria agravación). Finalmente se concluye que no puede afirmarse, en términos generales, que toda afiliación a la Seguridad Social de quien padece lesiones preexistentes vaya dirigida a la compra de una prestación de incapacidad permanente, porque precisamente la prestación no contributiva de invalidez ya cubre a quienes no han podido incorporarse al mercado laboral como consecuencia de sus patologías congénitas. El reconocimiento de una prestación contributiva de incapacidad permanente estaría plenamente justificado si se tiene en cuenta que estos trabajadores realizan una actividad laboral, y se exponen a un empeoramiento de su capacidad residual, motivado por la evolución natural de sus patologías, y por el desgaste que supone el trabajo, cuya realización les exige un mayor esfuerzo y deterioro de su salud.