El despido colectivo del grupo de empresas integrado en el sector público: asunto «Telemadrid»
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de marzo de 2014 –rec. núm. 158/2013–
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2014.3008Resumen
La reforma laboral aprobada por el Real Decreto-Ley 3/2012 –posteriormente ratificada por la Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral– operó significativas modificaciones en diversos aspectos de la regulación de los despidos colectivos: la eliminación de la autorización administrativa previa; la definición pormenorizada de lo que ha de entenderse por causa económica, técnica, organizativa y de producción; y la modificación de las reglas de competencia y procedimiento para enjuiciar los mismos, entre otras.