La tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas a través de las modalidades procesales del artículo 184 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2013.3130Palabras clave:
proceso laboral, derechos fundamentales y libertades públicas, discriminación, despido, acoso laboralResumen
Tradicionalmente, la ley rituaria laboral ha articulado la protección de los derechos fundamentales y libertades públicas fundamentalmente a través de dos cauces: el proceso especial de tutela de derechos fundamentales y las modalidades procesales a las que remite en la actualidad el artículo 184 de la LRJS, que se consideran más adecuadas por razón de la materia laboral que constituye su objeto, en detrimento de la preferencia por el tipo de derecho vulnerado. La doctrina puso en entredicho la constitucionalidad de esta distinción. En este artículo se analiza en qué medida, tras la reforma introducida por la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, las vías extraordinarias de tutela cumplen efectivamente los requisitos de preferencia y sumariedad del artículo 53.2 de la CE, así como las peculiaridades de su tramitación cuando se acumula una pretensión de tutela de derechos fundamentales.