Despido y control de convencionalidad: ¿el Tribunal Supremo «abre la veda» de la indemnización disuasoria?

A propósito de las Sentencias del Tribunal Supremo 268/2022, de 28 de marzo, y 270/2022, de 29 de marzo

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2022.4671

Palabras clave:

control de convencionalidad, Carta Social Europea, despido improcedente, indemnización disuasoria, Comité Europeo de Derechos Sociales, procedimiento de reclamaciones colectivas, Tribunal Supremo

Resumen

Desde el 1 de julio de 2021, España está sometida a las obligaciones jurídico-sociales derivadas de la Carta Social Europea, así como a los procedimientos de reclamación colectiva previstos en el protocolo de 1995. Aprovechando esta ratificación, que ha costado décadas conseguir, UGT ha presentado la primera reclamación colectiva sobre una materia laboral. El sindicato español más representativo ha demandado a España ante el Consejo de Europa para que se declare, por el Comité Europeo de Derechos Sociales, que la indemnización prevista para el despido improcedente (art. 56 Estatuto de los Trabajadores) es disconforme con el artículo 24 de la Carta Social Europea revisada. De estimarse tal demanda, la legislación y la jurisprudencia social españolas se verían obligadas a realizar cambios profundos en el estado actual. Sin embargo, en dos sentencias muy recientes de la Sala Social del Tribunal Supremo español, parecen seguir manteniéndose posiciones restrictivas en relación con la diligencia debida a la hora de realizar este control de convencionalidad. En este comentario se analizan críticamente ambas sentencias, que muestran posiciones parcialmente diferentes.

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Publicado

07-07-2022

Cómo citar

Molina Navarrete, C. (2022). Despido y control de convencionalidad: ¿el Tribunal Supremo «abre la veda» de la indemnización disuasoria? A propósito de las Sentencias del Tribunal Supremo 268/2022, de 28 de marzo, y 270/2022, de 29 de marzo. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (469), 241–252. https://doi.org/10.51302/rtss.2022.4671

Número

Sección

Diálogos con la jurisprudencia

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