Extinción ilegal en periodo de prueba: ¿Hay opción de readmisión? ¿Hasta cuándo llegan los salarios de tramitación?

Autores/as

  • Jesús González Velasco Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Magistrado
  • Paz Vives Usano Profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Centro Universitario Luis Vives. CEU

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2010.5353

Palabras clave:

periodo de prueba, despido improcedente, derecho de opción, limitación de los salarios de tramitación

Resumen

Contratos de duración determinada. Despido improcedente por nulidad del periodo de prueba. Los salarios de tramitación sólo alcanzan hasta el momento en que dicho contrato debió extinguirse por alguna de las causas legales o pactadas que válidamente producen su extinción. En los contratos temporales, cuya duración ya ha vencido en el momento de dictarse la sentencia, la obligación de optar se convierte en una obligación única de indemnizar. I. El significado de la obligación alternativa en caso de despido y su aplicación al periodo de prueba. II. La conclusión del plazo de los salarios de tramitación.

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Publicado

07-01-2010

Cómo citar

González Velasco, J., & Vives Usano, P. (2010). Extinción ilegal en periodo de prueba: ¿Hay opción de readmisión? ¿Hasta cuándo llegan los salarios de tramitación?. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (322), 97–102. https://doi.org/10.51302/rtss.2010.5353