El Derecho a la Seguridad y Salud Laboral de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía

A propósito del RD 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía

Autores/as

  • Fernando de Vicente Pachés Profesor TU de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Universidad Jaime I-Castellón (España)
  • Oliver Tauste Sola Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía. Diplomado en Relaciones Laborales (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5767

Palabras clave:

prevención de riesgos laborales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpo Nacional de Policía, funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, seguridad y salud laboral del Cuerpo Nacional de Policía

Resumen

Los funcionarios de policía –debido a la naturaleza de sus funciones– quedaron originariamente excluidos del ámbito de aplicación de nuestra Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL); si bien se les reconocía a los mismos la posibilidad de una futura regulación específica inspirada en la propia LPRL. Pero esta exclusión fue interpretada posteriormente por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas –en su sentencia de 12 de enero de 2006 (TJCE 2006/12)– precisando que la exclusión únicamente hacía referencia a aquellos casos en que se deba garantizar la seguridad colectiva y no en el ejercicio de sus tareas habituales. Este pronunciamento propició que el Estado español adoptara las medidas legislativas específicas necesarias al objeto de adecuar su ordenamiento jurídico a la normativa comunitaria europea –Directiva 89/391/CEE– y garantizar, de esta forma, la protección de la seguridad y salud de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

En este contexto, y después de más de una década desde la publicación de la LPRL, apareció la norma considerada esencial para la protección de la seguridad y salud de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, el Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, que ha supuesto disponer, definitivamente, de una legislación específica destinada a este colectivo y fijar el marco normativo que ha de regular los distintos aspectos relacionados con la seguridad y la salud laboral de los funcionarios de policía.

En el presente trabajo se realiza un estudio y análisis pormenorizado de esta normativa, que –aunque todavía no sea suficiente y esté pendiente de desarrollo en muchos de sus aspectos– sí permite considerarla como el instrumento de base o pilar fundamental sobre el que erigir un futuro cuerpo normativo que garantice plenamente la protección de la seguridad y salud laboral de este colectivo de trabajadores.

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Publicado

07-02-2007

Cómo citar

de Vicente Pachés, F., & Tauste Sola, O. (2007). El Derecho a la Seguridad y Salud Laboral de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía: A propósito del RD 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (287), 125–160. https://doi.org/10.51302/rtss.2007.5767