Estrategia procesal idónea para la defensa frente al acoso en el trabajo: ¿jurisdicción penal o laboral?

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, 45/2021, de 21 de enero

Autores/as

  • Fernando de Vicente Pachés Profesor titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Jaume I (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2021.2448

Palabras clave:

prevención y salud, violencia y acoso en el trabajo, riesgo laboral psicosocial, Convenio 190 OIT, jurisdicción penal y laboral

Resumen

La Sentencia del Tribunal Supremo 45/2021, de 21 de enero, considera que no procede estimar la existencia del delito de acoso laboral por faltar la nota de gravedad, requisito cualificador necesario para que la conducta sea sancionada penalmente. Probablemente, estos mismos hechos de acoso en el ámbito de la jurisdicción social –por incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos– serían merecedores de un pronunciamiento judicial diferente. ¿Debió la víctima para el éxito de su pretensión acudir al orden social?

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Publicado

07-09-2021

Cómo citar

de Vicente Pachés, F. (2021). Estrategia procesal idónea para la defensa frente al acoso en el trabajo: ¿jurisdicción penal o laboral? Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, 45/2021, de 21 de enero. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (461-462), 224–236. https://doi.org/10.51302/rtss.2021.2448