La prevención de riesgos laborales de los trabajadores autónomos en actividades productivas descentralizadas

Autores/as

  • María de los Reyes Martínez Barroso Catedrática de Escuela Universitaria de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de León (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2006.5791

Resumen

Este trabajo ha obtenido el Accésit «Premio Estudios Financieros 2006» en la Modalidad de Derecho del Trabajo y Seguridad Social.

En la Ley de Prevención de Riesgos Laborales la referencia a los trabajadores autónomos, como sujetos protegidos, no puede equipararse a la del personal laboral, administrativo o estatutario, o a la de los socios que prestan servicios para la cooperativa a la que están asociados. El autónomo es el garante de su propia seguridad laboral y, por tanto, el único responsable de la adopción de las medidas de prevención. No obstante, pese a esta impresión inicial, el legislador en los supuestos de «coordinación de actividades» otorga su protección a cualquier trabajador autónomo que realice una tarea productiva para uno o más empresarios sin estar sometido a su poder de dirección. Igualmente, la reciente Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, incluye a los autónomos dentro de las limitaciones que se establecen a las subcontrataciones que se efectúen a partir del tercer nivel, a la vez que refuerza los requisitos de calidad o solvencia –a través de la acreditación de la oportuna formación– para actuar en el sector y les hace extensivo el deber de vigilancia. En el presente ensayo, una vez analizadas las dos vertientes a partir de un estudio general de la protección de los autónomos referida al sector de la construcción, se propone una regulación más específica y directa de la salud laboral del trabajador autónomo, donde prime su consideración como sujeto protegido, pues, con el sistema normativo vigente, prevalece su consideración como sujeto obligado. El principio de autotutela, pese a sus deficiencias y su falta de eficacia, aparece como el instrumento central de la protección preventiva del autónomo, de ahí que resulte fundamental avanzar en el estudio de otras propuestas de lege ferenda, en las que parece que incidirá el futuro Estatuto del Trabajador Autónomo actualmente en fase de tramitación parlamentaria.

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Publicado

07-12-2006

Cómo citar

Martínez Barroso, M. de los R. (2006). La prevención de riesgos laborales de los trabajadores autónomos en actividades productivas descentralizadas. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (285), 3–40. https://doi.org/10.51302/rtss.2006.5791