La aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores a la relación laboral especial de artistas en espectáculos públicos

Autores/as

  • Juan Antonio Altés Tárrega Profesor titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universitat de València (España)
  • Elena García Testal Profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universitat de València (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2020.980

Palabras clave:

trabajo artístico, contratación temporal, precariedad, fraude de ley

Resumen

De unos años a esta parte, la sucesión de contratos temporales en la prestación de servicios artísticos ha sido abordada por los tribunales españoles desde la perspectiva de la aplicación e interpretación de las normas europeas y su trasposición al ordenamiento interno, y, en este sentido, el Tribunal Supremo ha optado por aplicar el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores a estas relaciones de trabajo. No obstante, el juego del sistema de fuentes en las relaciones especiales y las peculiaridades que estas presentan permiten realizar una revisión crítica a estas interpretaciones judiciales.

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Citas

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Publicado

07-09-2020

Cómo citar

Altés Tárrega, J. A., & García Testal, E. (2020). La aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores a la relación laboral especial de artistas en espectáculos públicos. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (449-450), 63–88. https://doi.org/10.51302/rtss.2020.980