La determinación de la base reguladora de la pensión de jubilación en los supuestos de trabajadores/as migrantes en el ámbito comunitario
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 82/2018, de 1 de febrero
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2018.1554Abstract
La conservación de los derechos adquiridos por los trabajadores que han prestado servicios en distintos países a lo largo de su vida laboral constituye una de las exigencias básicas de la coordinación en materia de Seguridad Social entre los Estados. En la consecución de ese objetivo desempeña un papel esencial el principio de totalización de los periodos cotizados en los diferentes países y el de prorrateo de prestaciones, que van a determinar el nacimiento del derecho a la correspondiente prestación y la cuantía de la misma que habrá de asumir cada Estado en atención al periodo cotizado en su territorio. Esta técnica implica, pues, que cada país otorgará al trabajador/a la prestación correspondiente según las reglas establecidas en su legislación.