Las empresas de trabajo temporal y su tratamiento en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.1999.17889Abstract
Con la aparición de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su amplia panoplia de normas de desarrollo, se ha generado una nueva cultura en el seno de una materia tan importante como es la relativa a la seguridad y la salud de los trabajadores. Materia esta que sin duda no escapa a un sector de reciente cuño en nuestro panorama socio-laboral, aunque embarcado en un proceso de incuestionable expansión, y al que debe otorgarse la correspondiente cobertura jurídica, con el fin de paliar la singular situación con la que se enfrentan los trabajadores en misión de las ETTs que, por su idiosincrasia temporal, son los que están más expuestos a los accidentes y enfermedades profesionales. Tal y como se desarrolla en el presente trabajo, la igualdad de trato, la información, la formación adecuada y la vigilancia médica, se articulan -según nuestra legislación- como los instrumentos idóneos para garantizar los derechos tuitivos de estos trabajadores.