Biometric data and time recording: the principle of necessity and the role of collective bargaining
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2025.24427Keywords:
biometric data, time recording, AEPD, right to data protection, collective bargaining, proportionality principle, necessity principleAbstract
Biometric technologies are one of the systems chosen to comply with the legal obligation to record working hours in Article 34.9 of the Workers' Statute. Although this provision of labour legislation does not include any mention of the privacy of workers, the use of this type of system implies the processing of biometric data and, therefore, compliance with the General Data Protection Regulation. In this regard, the Spanish Data Protection Agency considers that Article 34.9 of the Workers' Statute is not sufficiently express to lift the prohibition on processing of biometric data that the GDPR sets out. However, this interpretation, which contributes to safeguarding the right to data protection, is to some extent at odds with a case law that tends to consider that the processing of biometric data for time registration purposes is proportional and with collective bargaining that is moving away from its traditional role as a guarantor. The present study reviews the criteria of the Spanish Data Protection Agency and the case law; it considers whether they could be modified or strengthened as a result of the proposed reform on time recording, approved in the second round on 6 May 2025 by the Council of Ministers; and it examines the role of collective bargaining. On the basis of this analysis, it is proposed to include a prohibition on the processing of biometric data for time and attendance control in labour legislation, in order to correct the existing legal uncertainty in this area.
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