Social collaboration contracts: Deepen study of its juridical configuration from a normative and jurisprudential approach

Authors

  • María Salas Porras Profesora Ayudante Doctora. Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Málaga (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2588

Keywords:

social collaboration, contract, duty to work, social integration, utility, benefit to the community

Abstract

A review of the most recent jurisprudence of the Spanish Supreme Court from the perspective of public employment in any of its formulations leads to the conclusion that, among others, social collaboration jobs –or better, litigation with those objects of dispute– are not only recurring theme but also especially prevalent in the last five years.

This, combined with the poor regulation that exists on these contracts has led to the development of this work, given the persistent and discouraging figures of unemployment, offer an ideal scenario to deal with this contractual typology, with the aim of deepening in analyzing its legal configuration and management of their identifying features and their ultimate goal.

Downloads

Download data is not yet available.

References

AA. VV. [2013]: «Trabajos de colaboración social. Cuando estos solo redundan en beneficio de la Administración», CEF Gestión, núm. 178.

Arango Fernández, J. [2006]: «El subsidio de paro en la Segunda República», en Aróstegui Sánchez, J. (ed.), La República de los trabajadores. La Segunda República y el mundo del trabajo, Madrid: Fundación Francisco Largo Caballero.

Boltaina i Bosch, X. [1996]: «Régimen jurídico de los trabajos temporales de colaboración social prestados en Administraciones públicas por trabajadores desempleados», Revista Vasca de Administración Pública, núm. 45 (I).

Castiñeira Fernández, J. [1999]: «Los trabajos de colaboración social», en Cruz Villalón, J. (ed.), Trabajo subordinado y trabajo autónomo en la delimitación de fronteras de derecho del trabajo: Estudios en homenaje al profesor José Cabrera Bazán.

Cremades Chueca, O. [2014]: «Los trabajos de colaboración social y sus límites. A raíz de las sentencias del Tribunal Supremo de 27 de diciembre de 2013», Iuslabor, núm. 2.

Galindo Garfias, I. [2006]: Interpretación e integración de la ley, Universidad Nacional Autónoma de México, Colección Lecturas Jurídicas, Serie Estudios Jurídicos, núm. 38.

Iglesias Cabero, M. [2013]: «Contrato de colaboración social, naturaleza, esencialmente temporal: El cese no se considera despido», Diario La Ley, núm. 8.090.

Lázaro Sánchez, J. L. [2012]: «La utilización por las administraciones públicas de los trabajos temporales de colaboración social», Temas Laborales: Revista Andaluza de Trabajo y Bienestar Social, núm. 113.

López López, J. [2002]: «Utilización abusiva de trabajadores en régimen de colaboración social por las Administraciones Públicas», Información Laboral. Legislación y Convenios Colectivos, núm. 21.

López Rubia, E.: «Cálculo de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Permanente Total en el trabajo de colaboración social», Revista Doctrinal Aranzadi Social, paraf. núm. 144/2000, parte Presentación, accesible en www.westlaw.es.

Martín Valverde, A. [1980]: «Pleno empleo, derecho al trabajo, deber de trabajar en la Constitución Española», en Martín Valverde, Antonio: Derecho del trabajo y de la Seguridad Social en la Constitución, ponencias revisadas presentadas al simposio sobre este tema celebrado en el Centro de Estudios Constitucionales, mayo-junio 1979.

— [1977]: «Colocación y regulación del mercado de trabajo agrícola», Agricultura y Sociedad, núm. 3.

Rogowski, R.; Salais, R. y Whiteside, N. [2013]: Transforming European Employment Policy, Edward Edgar.

Serrano Guirado, E. [1953]: «El nombramiento y la toma de posesión de los funcionarios públicos», Revista de Administración Pública, núm. 12.

Valdés dal Ré, F. [2006]: «El Derecho del Trabajo en la Segunda República», Relaciones Laborales, núm. 8.

Referencias jurisprudenciales

STS de 15 de julio de 1988

STS de 30 de abril de 2001 (RCUD 2155/2000)

STS de 24 de abril de 2000 (RCUD 2864/1999)

STS de 9 de mayo de 2011 (RCUD 2928/2010)

STS de 24 de noviembre de 2011 (RCUD 4743/2010)

STS de 19 de abril de 2012 (RCUD 2039/2011)

STS de 24 de abril de 2012 (RCUD 2766/2011)

STS de 5 de julio de 2012 (RCUD 3604/2011)

STS de 18 de septiembre de 2012 (RCUD 3597/2011)

STS de 22 de octubre de 2012 (RCUD 4113/2011)

STS de 14 de noviembre de 2012 (RCUD 3710/2011)

STS de 19 de diciembre de 2012 (RCUD 554/2012)

STS de 17 de enero de 2013 (RCUD 78/2012)

STS de 4 de febrero de 2013 (RCUD 4057/2011)

STS de 8 de marzo de 2013 (RCUD 342/2012)

STS de 12 de marzo de 2013 (RCUD 1060/2012)

STS de 26 de marzo de 2013 (RCUD 1955/2012)

STS de 9 de julio de 2013 (RCUD 2945/2012)

STS de 23 de julio de 2013 (RCUD 2508/2012)

STS de 27 de diciembre de 2013 (RCUD 217/2012)

STS de 22 de enero de 2014 (RCUD 3090/2012)

STS de 6 de mayo de 2014 (RCUD 906/2013)

STS de 11 de junio de 2014 (RCUD 1772/2013)

Published

2015-03-07

How to Cite

Salas Porras, M. (2015). Social collaboration contracts: Deepen study of its juridical configuration from a normative and jurisprudential approach. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (384), 69–94. https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2588