El control judicial de la proporcionalidad de los sacrificios de derechos: Vaciado constitucional, rellenado internacional
Comentario de la Sentencia del Tribunal Constitucional 8/2015, de 22 de enero
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2604Abstract
No por esperada ha causado menos perplejidad la Sentencia del Tribunal Constitucional 8/2015, de 22 de enero, que ha ratificado punto por punto, de forma traslaticia y acrítica, la validez constitucional de la reforma laboral de 2012. El páramo al que parece condenar al Derecho Social del Trabajo es, sin hipérbole alguna, deprimente, porque recupera el viejo y ya, creíamos, superado dogma positivista decimonónico del «principio de autoridad», propio de un Estado Liberal y Legal de Derecho. En cambio, desarma el «principio de juridicidad», típico de un Estado Social y Constitucional de Derecho.