La sucesión de empresa: artículo 44.2 del Estatuto de los Trabajadores
Comentario a la STSJ de Cataluña, Sala de lo Social, de 3 de junio de 2009, rec. núm. 2248/2008
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2009.5377Keywords:
sucesión empresarial, transmisión, subrogación, cedente, cesionario, sucesión en la plantillaAbstract
Comentario de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el que se centra en determinar si concurre una sucesión empresarial o si, por el contrario, la empresa no lleva a cabo una actividad continuadora del empleador. El tribunal tras aplicar la jurisprudencia comunitaria determina que no se deben desplegar los efectos del artículo 44 del ET, ya que no existe identidad de actividad, en cuanto al trabajador afectado, ni tampoco se mantuvo al mismo en el desempeño de funciones alternativas, ni en el centro de trabajo de fabricación, ni en el de venta, al que en ningún momento anterior estuvo adscrito funcionalmente.