Los derechos sociales y sindicales en el nuevo régimen jurídico de la inmigración en España a la luz de las obligaciones internacionales asumidas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos: un análisis crítico

Authors

  • Tomás Gómez Álvarez Becario FPU.MEC. Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Sevilla (España)
  • Daniel García San José Profesor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales. Doctor en Derecho. Universidad de Sevilla (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2002.8527

Abstract

El presente trabajo es un análisis crítico que muestra que la distinción introducida por el legislador español en los apartados 5, 6, 11 y 16 del artículo primero de la Ley Orgánica 8/2000, entre extranjeros «residentes» y «no residentes» para el goce de algunos derechos sociales fundamentales, no sería conforme con las obligaciones internaciones asumidas en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 1950, vinculante para España desde 1979. De este hecho se derivaría la inconstitucionalidad de dicha regulación, a la luz del artículo 10.2 de la Constitución, así como la eventual responsabilidad internacional por violación del Convenio si fuera objeto de demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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Published

2002-03-07

How to Cite

Gómez Álvarez, T., & García San José, D. (2002). Los derechos sociales y sindicales en el nuevo régimen jurídico de la inmigración en España a la luz de las obligaciones internacionales asumidas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos: un análisis crítico. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (228), 59–78. https://doi.org/10.51302/rtss.2002.8527