Juzgando el derecho a conciliar familia y trabajo con doble perspectiva: infancia y género
Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 1 de septiembre de 2020 (rec. 197/2020)
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2020.956Abstract
El actual redactado del derecho de las personas trabajadoras a la adaptación horaria, contenido en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores (ET), tras la reforma introducida por el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, pretende asegurar el ejercicio de un derecho laboral con impacto constitucional, que en su anterior redacción parecía quedar condicionado a la negociación colectiva.