El TEDH no da «cheques en blanco» a los padres intencionales: es legítimo que el Estado evite la «maternidad subrogada de facto»
Comentario a la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 24 de enero de 2017, Paradiso y Campanelli v. Italia, núm. 25358/12
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2017.1900Resumen
En España, el debate sobre la regulación legal de la «maternidad subrogada» se mueve según la «Ley del Péndulo». La fuerza que determina sus oscilaciones de lado a lado se crea «a golpe de sentencia», donde se dirime, de forma contradictoria, una agria, aunque incruenta, lucha de intereses de todo tipo, más ideológicos y económicos que propiamente éticos, que se presentan ¿y son? radicalmente opuestos.