¿Y ahora qué hacemos con el indefinido no fijo? Reacciones tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero de 2024, asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2024.22317

Palabras clave:

empleo público temporal, igualdad, mérito y capacidad, indefinido no fijo, fijeza, trasposición Directiva 1999/70/CE

Resumen

A pesar de los esfuerzos de la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la trasposición a nuestro ordenamiento interno del contenido de la Directiva 1999/70/CE sigue siendo insuficiente en el ámbito del empleo público. Y esa carencia de medidas equivalentes a las contenidas en la cláusula 5 de la citada directiva es precisamente lo que la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero de 2024 reprocha a nuestro país. Descarta como medida adecuada la conversión del trabajador temporal, que ha sufrido el uso abusivo y sucesivo de la temporalidad, en indefinido no fijo, porque mantiene su situación de precariedad e irregularidad. Ni la celebración de procesos de estabilización, ni el abono de una compensación de 20 días de salario, ni la exigencia de responsabilidades, tal como están diseñadas en dicha norma, parecen cumplir los requisitos de ser medidas sancionadoras, disuasoras, resarcidoras y preventivas. Sin embargo, a falta de medidas equivalentes en el derecho nacional, considera medida adecuada la conversión automática de esos contratos temporales en fijos, quedando en manos de los tribunales españoles la aplicación de la misma. No obstante, la aplicación de esta medida se encuentra con la oposición de doctrina y jurisprudencia, porque pone en entredicho la aplicación de los principios constitucionales de acceso al empleo público. Es necesario que el legislador se ponga manos a la obra y dé solución a esta situación de inseguridad en la que su inacción nos coloca.

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Biografía del autor/a

Sara Rico Letosa, Profesora titular de Escuela Universitaria. Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Zaragoza (España)

Profesora titular de Escuela Universitaria de la Universidad de Zaragoza en el área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. https://orcid.org/0000-0002-6458-3685

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Publicado

03-10-2024 — Actualizado el 07-11-2024

Versiones

Cómo citar

Rico Letosa, S. (2024). ¿Y ahora qué hacemos con el indefinido no fijo? Reacciones tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero de 2024, asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (483), 83–113. https://doi.org/10.51302/rtss.2024.22317 (Original work published 3 de octubre de 2024)