Reabriendo el debate sobre la necesidad de una ley de huelga en los servicios esenciales
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2014.2892Palabras clave:
huelga, servicios esenciales, usuarios, negociación colectivaResumen
En estos últimos años, el debate sobre la aprobación de una ley de huelga en los servicios esenciales se ha visto reanudado con mayor asiduidad. La convocatoria de varias huelgas generales, así como su desarrollo en algunos de los sectores más estratégicos y especialmente controvertidos para la ciudadanía, dejan al descubierto la ineficacia de una regulación anterior a la Constitución que, sin perjuicio de su depuración jurisdiccional, no ha llegado a dar satisfacción a los cambios económicos y políticos sufridos por nuestra sociedad tras estos últimos treinta y cinco años desde su entrada en vigor. Tanto la doctrina científica como la jurisprudencia constitucional han sido persistentes es sus críticas sobre los perjuicios causados al ejercicio del derecho fundamental de huelga, haciendo hincapié en la necesidad de que el Gobierno, cumpliendo con el expreso mandato recogido en el artículo 28.2 de la Constitución Española, active los mecanismos parlamentarios pertinentes para desarrollar legislativamente la institución de la huelga. Por su parte, la futura norma solo podrá ser actual y coherente con la nueva realidad social si acoge en su articulado determinados mecanismos idóneos para compatibilizar el ejercicio de la huelga con el resto de derechos constitucionalmente reconocidos a los ciudadanos.