El retroceso en la prevalencia del Derecho comunitario sobre el Derecho nacional: el derecho de información y consulta del artículo 27 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) de 15 de enero de 2014 –asunto C-176/12
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2014.2930Resumen
Dos son las cuestiones que se abordan por el TJUE en sentencia dictada por la Gran Sala.
La primera de ellas se refiere al supuesto debatido en los tribunales nacionales, franceses en este caso, y guarda relación con el artículo 27 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea a cuyo tenor deberá «garantizarse a los trabajadores o sus representantes, en los niveles adecuados, la información y consulta con suficiente antelación, en los casos previstos en el Derecho de la Unión y en las legislaciones y prácticas nacionales», que es objeto de desarrollo en la Directiva 2002/14/CE que en su artículo 3 establece que es de aplicación, «a elección de los Estados miembros: