Modificaciones introducidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la Ley de Emprendedores
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2013.3208Palabras clave:
IRPF, deducción, exención, inversión, reinversión, nuevas empresas de reducida dimensiónResumen
En este trabajo se comentan las modificaciones introducidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la conocida como Ley de Emprendedores, que se concretan en la regulación de un doble incentivo fiscal en relación con las inversiones destinadas a la creación de nuevas empresas y en el establecimiento de las especialidades para la aplicación en el ámbito del IRPF de la deducción por inversión de beneficios que, regulada por la normativa del Impuesto sobre Sociedades, resulta de aplicación para las empresas de reducida dimensión.
En cuanto al incentivo fiscal que se establece para fomentar las inversiones en empresas de nueva o reciente creación, indicar que se articula en una doble vertiente:
• En una primera fase, como una deducción en cuota en el momento de materializar la inversión en la empresa de nueva o reciente creación mediante la suscripción de sus acciones o participaciones.
• En una segunda fase, como una exención por reinversión de las ganancias derivadas de la transmisión de esas mismas acciones o participaciones.
Y viene a sustituir al régimen de exención, no condicionada a la reinversión, de las ganancias derivadas de la transmisión de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación que, introducido con un carácter de urgencia, resulta suprimido (y mejorado), sin perjuicio de su aplicación en el régimen transitorio que se establece.